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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 352256
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 263
APELACION, DESERCION DEL RECURSO DE, CUANDO NO SE PRESENTA COPIA DEL ESCRITO DE AGRAVIOS (LEGISLACION DE GUANAJUATO).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 263
De conformidad con lo que dispone el artículo 282 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Guanajuato, debe estimarse que el apelante tiene obligación de acompañar copia simple de su escrito de agravios, para que se pueda correr el traslado correspondiente a su colitigante, en los términos del artículo 257 del código citado; y si el recurrente no presenta esa copia, sino hasta después de transcurrido con exceso el término que se había fijado para mejorar el recurso, la resolución que declara desierto éste, se encuentra arreglada a derecho.
Precedentes
Amparo civil en revisión 4053/40. Puente de Arango Rosa. 8 de abril de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Antonio Islas Bravo.