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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 352279
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 478
RECUSACION CON CAUSA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 478
No puede admitirse como un recurso o medio de defensa, cuyas consecuencias sean las de modificar, revocar o nulificar la providencia que niega la reposición del auto que había declarado legal un excusa, caso al que específicamente se refiere la fracción XIII, del artículo 73 de la Ley de Amparo.
Precedentes
Amparo civil en revisión 597/40. Chávez Ferreira Mariano y coagraviados. 10 de abril de 1942. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.