Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/352291
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 352291
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 602
EMBARGO, SOBRESEIMIENTO DEL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 602
El promovente de un incidente de sobreseimiento del embargo ordenado en un juicio en que no es parte, sí tiene este carácter en ese incidente, y por lo mismo, contra la resolución que niegue el sobreseimiento del embargo solicitado, debe interponer el recurso de apelación antes de ocurrir al juicio de garantías, pues de lo contrario, éste último resulta notoriamente improcedente.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del auto que desechó la demanda 272/42. Herr Noah C. 11 de abril de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hilario Medina. La publicación no menciona el nombre del ponente.