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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
352293
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 611

ACLARACION DE LA DEMANDA DE AMPARO, COPIAS DE LA.

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 611

Precedentes

Amparo civil. Revisión del auto que tuvo por no interpuesta la demanda 1202/42. Rodríguez Morales Edgardo. 11 de abril de 1942. Unanimidad de cinco votos. El Ministro Hilario Medina no votó por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente. Véase: Semanario Judicial de la Federación , Quinta Epoca, Tomo XLIX, página 1553, tesis de rubro "DEMANDA DE AMPARO, COPIAS DEL ESCRITO QUE LA ACLARA.".
Registro digital (IUS): 352293