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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 352295
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 625
LIBROS DE CONTABILIDAD, SUSPENSION CONTRA LA INSPECCION DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 625
Si el tercero perjudicado en su escrito de agravios, se limita a sostener que no existe el acto reclamado, sin combatir las razones que da el inferior para conceder la suspensión, que se concretan a estimar que en el caso se llenaron los requisitos del artículo 124 de la Ley de Amparo, deben aceptarse éstos en la revisión, toda vez que la inspección de los libros de contabilidad, papeles y documentos, que constituye el acto reclamado, podría ocasionar perjuicios y daños de difícil reparación para la quejosa, y quedaría sin materia en amparo, si tal inspección se realizara; por lo que para conservar esa materia y puesto que se trata de una contienda entre particulares, en la que no se afecta el interés general, ni se contravienen disposiciones de orden público, la suspensión debe concederse previa fianza.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 1013/42. Cooperativa de Producción de Trabajadores de la Industria Eléctrica. 11 de abril de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José M. Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.