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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 352322
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 1242
DONACION, ACEPTACION DE LA (LEGISLACION DE PUEBLA).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 1242
Debe estimarse que la donación hecha en una escritura, no surte efectos legales, de acuerdo con lo que dispone el artículo 2728 del Código Civil, puesto en vigor en el Estado de Puebla, el 11 de mayo de 1871, si no aparece que el donatario la haya aceptado en la misma escritura en que se hizo o en otra de la misma clase, otorgada en vida del donante.
Precedentes
Amparo civil en revisión 7595/41. Martínez José Trinidad. 15 de abril de 1942. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.