Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/352344
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 352344
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 1474
PRUEBAS, FALTA DE APRECIACION DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 1474
Si el quejoso expresa como agravio, que la autoridad responsable no apreció las pruebas en su valor legal, pero no manifiesta en qué consistieron esos defectos de apreciación, el agravio resulta inoperante, porque falta base para ocuparse de su estudio.
Precedentes
Amparo civil directo 1705/37. Chávez Montiel Manuel. 17 de abril de 1942. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.