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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 352395
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 2623
TESTIGOS EN EL AMPARO, DISCREPANCIAS ACCIDENTALES EN LAS DEPOSICIONES DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 2623
La circunstancia de que los testigos presentados por el quejoso en el amparo, hayan estado en desacuerdo respecto de puntos no sustanciales del hecho sobre el cual declararon, consistente en la posesión que dicho quejoso ha tenido de unos inmuebles, no es motivo para negar a la prueba testimonial, el valor pleno que le corresponde, si los atestados reúnen los requisitos y condiciones señalados por los artículos 346 y 347 del Código Federal de Procedimientos Civiles.
Precedentes
Amparo civil en revisión 3795/41. Villa Cipriano. 27 de abril de 1942. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Emilio Pardo Aspe no intervino en la resolución de este asunto, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.