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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 352419
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 2638
QUIEBRAS, PARENTESCO ENTRE EL SINDICO Y EL FALLIDO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 2638
En caso de que se compruebe el parentesco entre el fallido con el síndico, no por ello puede concluirse, razonablemente, que trate de beneficiar a aquél, por ese solo hecho del parentesco, ya que tal afirmación admite posibilidad en contrario.
Precedentes
Amparo civil en revisión 6141/38. Fernández Río Antonio y coagraviados. 27 de abril de 1942. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Octavio Mendoza González, no votó por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.