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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 352455
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 3541
JUECES EJECUTORES Y SECRETARIOS, FUNCIONES DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 3541
Es cierto que el cargo de ejecutor es adjunto al de secretario, pero disponiendo la ley orgánica de tribunales, que las funciones de ejecutor serán desempeñadas por uno de los secretarios de Acuerdos, es indudable que para el desempeño de esa función, es necesaria la designación por nombramiento que haga el titular de la oficina, y, en esa virtud, es de reputarse ese cargo distinto al de secretario y no pueden considerarse ligados entre sí uno y otro; de tal manera que si se mandó cesar el quejoso en su cargo de ejecutor, no por ello puede decirse que se le afectó en su función de secretario.
Precedentes
Amparo civil en revisión 5364/41. Villanueva S. Luis. 7 de mayo de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez Relator: José M. Mendoza Pardo.