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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 352498
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 4245
ALBACEAS, INHABILIDADES DE LOS (LEGISLACION DE HIDALGO).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 4245
No puede decirse que se encuentran inhabilitados para desempeñar el albaceazgo, conforme a lo ordenado por el artículo 3693 del Código Civil del Estado de Hidalgo de 1892, los herederos que habiendo sido antes albaceas, no fueron removidos por sentencia, en los términos de la fracción VI del artículo 3654 del mismo código.
Precedentes
Amparo civil en revisión 4160/41. Rule Esperanza. 4 de junio de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Emilio Pardo Aspe. Relator: Hilario Medina.