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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 352506
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 4286
AHORROS DE LOS TRABAJADORES, SUSPENSION CONTRA LA ORDEN DE RETENCION DEL FONDO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 4286
Debe estimarse procedente la suspensión contra la orden dada a una empresa, para que retenga el fondo de ahorros correspondientes a uno de sus trabajadores, con apercibimiento de segundo pago, si no obedece, porque en tal caso, sólo se versan intereses particulares y se llenan los requisitos del artículo 124 de la Ley de Amparo.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 8003/41. "Petróleos Mexicanos". 4 de junio de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José M. Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Quinta Epoca:
Tomo LXXII, página 7021. Indice Alfabético. Incidente de suspensión 8001/41. Petróleos Mexicanos. 4 de junio de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José M. Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.