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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 352523
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 4616
APELACION EXTRAORDINARIA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 4616
Este recurso no puede intentarse contra sentencias de segunda instancia, según se desprende de los términos de los artículos 718 y 719 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito y Territorios Federales.
Precedentes
Amparo civil en revisión 571/42. Delgado Mercedes. 8 de junio de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Excusa: Nicéforo Guerrero. La publicación no menciona el nombre del ponente.