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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 352559
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 5317
PERITOS, HONORARIOS DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 5317
Es inexacto que el artículo 305 del Arancel de Abogados para el Distrito Federal, sólo rija los casos de prestación de servicios profesionales y no los de peritos designados como auxiliares de la administración de justicia, pues dicho precepto reglamenta claramente el pago de honorarios a los abogados nombrados peritos en un juicio.
Precedentes
Amparo civil directo 1471/39. Barreira Jesús. 15 de junio de 1942. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.