Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/352633
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 352633
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 6620
POSESION.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 6620
El hecho de que el quejoso hubiera celebrado, con el carácter de arrendador, contrato de arrendamiento de un inmueble, el cual terminaría con anterioridad a la fecha en que se produjo el acto reclamado, consistente en el desposeimiento, en su perjuicio, de dicho inmueble, no justifica que el propio quejoso sea poseedor actual del mismo, condición necesaria para la tutela constitucional.
Precedentes
Amparo civil en revisión 2135/41. Hernández Arcadio H. 29 de junio de 1942. Mayoría de tres votos. Disidente: Hilario Medina. El Ministro Nicéforo Guerrero no intervino en la votación de este asunto por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.