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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 352638
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 6893
SENTENCIAS, AGRAVIOS CAUSADOS POR LAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 6893
Lo único que puede causar agravio en una sentencia, es la parte resolutiva, en relación con los considerandos que la rigen, y no las disposiciones meramente teóricas, que haga el juzgador.
Precedentes
Amparo civil directo 2839/41. Hernández Isabel J. y coags. 25 de marzo de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Hilario Medina.