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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 352672
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 675
PRUEBAS, APRECIACION DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 675
Cuando se trata de las pruebas testimonial, pericial o presuntiva, el sistema adoptado por nuestra legislación, es dejar en gran parte al arbitrio judicial, la apreciación de ellas; pero tal arbitrio no es absoluto, pues está restringido por determinadas reglas, basadas en principios generales de la lógica, de las que el Juez no debe separase.
Precedentes
Amparo civil directo 3329/40. Lagos de López Gutiérrez Anita. 16 de enero de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Nicéforo Guerrero. La publicación no menciona el nombre del ponente.