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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 352673
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 675
PRUEBA TESTIMONIAL, APRECIACION DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 675
Si al calificar esta prueba, el sentenciador supone en el dicho de los testigos hechos que no refirieron, o deja de considerar los que declararon, es indudable que procede contra las normas a que está sometida la apreciación de la prueba testimonial y vulnera el artículo 419 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito y Territorios Federales.
Precedentes
Amparo civil directo 3329/40. Lagos de López Gutiérrez Anita. 16 de enero de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Nicéforo Guerrero. La publicación no menciona el nombre del ponente.