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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
352693
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 970

HIPOTECAS, PRORROGA DEL PLAZO PARA CUMPLIR LA OBLIGACION, TRATANDOSE DE. LEGISLACION DE OAXACA.

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 970

Precedentes

Amparo civil directo 709/41. Berges María de Jesús, sucesión de. 21 de enero de 1942. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Emilio Pardo Aspe no intervino en la votación de este asunto por las razones que constan en el acta del día. Relator: Hilario Medina.
Registro digital (IUS): 352693