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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 352699
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 988
DERECHO DEL TANTO, PROCEDENCIA DEL AMPARO CONTRA LA PRIVACION DEL, POR VENTA JUDICIAL DE LA COSA HABIDA EN COPROPIEDAD.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 988
El copropietario a quien se priva del derecho del tanto, por venta judicial de la cosa habida en copropiedad, en un juicio en que no ha sido parte, no necesita promover la nulidad de dicha venta, antes de ocurrir al amparo, pues esta Suprema Corte de Justicia ha sustentado, en varias ejecutorias, la tesis de que no puede obligarse al poseedor de un derecho, a litigar para hacerlo efectivo, cuando se le desposee sin haber sido oído ni vencido en juicio, para que pueda ocurrir al amparo.
Precedentes
Amparo civil en revisión 8087/41. Rocha Lamberto. 21 de enero de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Emilio Pardo Aspe. Relator: Hilario Medina.