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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 352707
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 1050
ACCION Y EXCEPCION, RELACIONES ENTRE LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 1050
La acción, en términos generales, es el medio que da la ley para obtener el reconocimiento de un derecho violado, o de uno desconocido, estando su ejercicio supeditado a la voluntad de la parte que inicie ese derecho. Al deducirse la acción, la misma está sujeta al resultado de la excepción que oponga el demandado, tendente a destruirla o enervarla; por lo que si esta defensa prospera, la acción resulta no probada y, en esa virtud, no pueden seguir ambas la misma suerte: o una procede o la otra es capaz de destruirla.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 6699/41. Luna José J. 21 de enero de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Relator: José María Mendoza Pardo.