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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 352717
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 1187
JUECES DE PAZ, APRECIACION DE LAS PRUEBAS POR LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 1187
La apreciación de las pruebas en los juicios de paz, procede hacerla en conciencia sin que esa apreciación viole garantías individuales, cuando no se alteran los hechos demostrados ni se suplen pruebas no rendidas.
Precedentes
Amparo civil directo 215/41. Alonso Francisco. 23 de enero de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Felipe de J. Tena. Relator: Hilario Medina.