Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/352732
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
352732
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 1415

EJECUCION DE SENTENCIAS DE AMPARO, QUEJA FUNDADA CONTRA LA FALTA DE, POR EXCUSA DE LA RESPONSABLE.

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 1415

Precedentes

Tomo LXXI, página 7151. Indice Alfabético. Queja 647/41. Fábricas de Papel de San Rafael y Anexas, S. A. 2 de febrero de 1942. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo LXXI, página 7151. Indice Alfabético. Queja 648/41. "Fábricas de Papel de San Rafael y Anexas", S. A. 26 de enero de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Felipe de J. Tena. Ponente: Hilario Medina. Tomo LXXI, página 1415. Queja en amparo civil 604/41. "Fábricas de Papel de San Rafael y Anexas", S. A. 26 de enero de 1942. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Felipe de J. Tena no intervino en este asunto por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 352732