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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 352739
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 1561
ALIMENTOS, CAMBIO DE SITUACION JURIDICA OCASIONADA POR LA SENTENCIA DE DIVORCIO, RESPECTO DE LAS PENSIONES DE, DECRETADAS CON ANTERIORIDAD.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 1561
Si a la situación jurídica establecida en virtud de una resolución dictada en diligencias de jurisdicción voluntaria, por la que se otorgó a la cónyuge una pensión alimenticia, sucedió una nueva situación, creada por la sentencia de divorcio que disolvió todo vínculo entre los esposos y declaró culpable a aquélla, y como consecuencia de esa sentencia se resolvió que quedaba sin efecto la pensión alimenticia decretada en su favor, es improcedente el amparo que la esposa interponga contra esta última resolución, porque desde el momento en que se dictó la sentencia de divorcio, se consumó irreparablemente la violación reclamada, puesto que sería imposible subsanarla, sin desconocer dicha sentencia de divorcio, que creó la nueva situación jurídica.
Precedentes
Amparo civil en revisión 5890/41. Hernández Esther. 28 de enero de 1942. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.