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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 352740
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 1565
POSESION, LA INSPECCION OCULAR ES INCONDUCENTE PARA PROBARLA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 1565
La prueba de inspección ocular ofrecida por el quejoso, para justificar que estaba en posesión de unos predios, es completamente inconducente para tal fin, y por lo mismo, debe estimarse infundado el agravio que dicho promovente haga valer contra el Juez de Distrito, en el sentido de que este funcionario se negó indebidamente a admitir esa prueba.
Precedentes
Amparo civil en revisión 7810/41. Flores Valentín. 28 de enero de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.