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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
352753
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 1758

SUSPENSION, IMPROCEDENCIA DEL AMPARO CONTRA RESOLUCIONES DICTADAS EN EL INCIDENTE DE DAÑOS Y PERJUICIOS POR LA.

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 1758

Precedentes

Amparo civil 6932/41. Revisión del auto que desechó la demanda. Valencia Galicia Sánchez viuda de Oropeza María. 31 de enero de 1942. Mayoría de tres votos. El Ministro Roque Estrada no intervino en este asunto por las razones que constan en el acta del día. Disidente: Hilario Medina. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 352753