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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 352787
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 2254
LANZAMIENTO, CONTRAFIANZA EN CASO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 2254
Si el acto reclamado en amparo, consiste en el lanzamiento de una persona, como arrendataria o el remate de sus bienes, y este acto ha sido suspendido, es procedente la admisión de la contrafianza, porque de llevarse a cabo los actos reclamados, no queda sin materia el amparo; de manera que si el Juez de Distrito deniega a la solicitud del promovente, sobre que se admita la contrafianza, es fundada la queja que se enderece contra su resolución denegatoria, y debe revocarse ésta.
Precedentes
Queja en amparo civil 250/41. Reznik Sofía. 9 de febrero de 1942. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.