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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 352803
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 2387
TRANSACCION JUDICIAL NO REGISTRADA, EFECTOS DE LA, CONTRA TERCERO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 2387
Si bien es cierto que la ley establece que la compraventa no producirá efectos contra tercero, cuando no haya sido registrada, tal disposición no afecta a la transacción judicial, que se rige por disposiciones especiales y que sólo exigen que la convención conste por escrito.
Precedentes
Amparo civil directo 4429/40. Linares Rebeca y coagraviada. 13 de febrero de 1942. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Roque Estrada no intervino en este asunto que las razones que constan en el acta del día. Relator: Hilario Medina.