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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 352827
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 2797
AMPARO INTERPUESTO SIN MOTIVO, MULTA EN CASO DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 2797
Cuando la Suprema Corte considera que es notorio que en el juicio de amparo fue interpuesto sin motivo, procede imponer una multa al quejoso, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 81 de la ley reglamentaria del juicio de garantías.
Precedentes
Amparo civil en revisión 150/40. Béiztegui Manuel. 20 de febrero de 1942. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.