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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 352829
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 2796
AGRAVIOS EN LA REVISION.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 2796
Deben desestimarse los agravios en que únicamente se citen los preceptos de la Ley de Amparo que se alegan infringidos, sin que se señalen los conceptos por los cuales se estima cometida esa infracción.
Precedentes
Amparo civil en revisión 150/40. Béiztegui Manuel. 20 de febrero de 1942. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.