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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 352838
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 2896
EJECUCION DE SENTENCIAS DE AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 2896
Debe estimarse procedente el juicio de garantías que se interponga contra la resolución dictada para cumplimentar una ejecutoria de amparo, si la misma se funda en conceptos no tomados en cuenta con anterioridad, sin faltar a lo ordenado en dicha ejecutoria.
Precedentes
Amparo civil directo 696/41. Arizmendi Juan Francisco. 23 de febrero de 1942. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.