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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 352853
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 3033
PRUEBAS TESTIMONIAL Y PERICIAL, APRECIACION DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 3033
Si bien la ley confía al prudente arbitrio del juzgador, la evaluación de las pruebas testimonial y de peritos, no por ello le dispensa de motivar lógicamente "la razonada persuasión" a que llegase, de acuerdo con las reglas por las que se norma la crítica jurídica de la prueba.
Precedentes
Amparo civil directo 2517/40. Vázquez Zarco Antonio. 25 de febrero de 1942. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.