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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 352861
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 3224
ALBACEAS QUE TERMINARON SU CARGO, IMPROCEDENCIA DEL AMPARO PEDIDO POR LOS, CON ESE CARACTER (LEGISLACION DE CHIHUAHUA).
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 3224
Si el quejoso promovió el juicio de garantías, con el carácter de albacea de una sucesión, y aparece plenamente demostrado en autos, que antes de la promoción de tal amparo había terminado el juicio sucesorio respectivo, es evidente que dicho quejoso había perdido ya el carácter de albacea, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 1552 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Chihuahua y 3648, fracción I, del Código Civil del propio Estado; de manera que si solicitó el amparo con el carácter indicado, es claro que no justificó su interés jurídico en el mismo, y procede decretar en tal caso el sobreseimiento, acatando lo preceptuado por los artículos 73, fracción VI, y 74, fracción III, de la ley reglamentaria del juicio de garantías. No obstan para estimar lo contrario, las alegaciones que haga la parte quejosa, en el sentido de que había comparecido al juicio, usando todavía el nombre de albacea, por la circunstancia de que habían quedado algunos bienes de la sucesión que no se habían adjudicado, por no haber figurado en el acervo hereditario, pues aun aceptándose como cierto ese hecho, debe decirse que para que el promovente hubiera readquirido el carácter de albacea, era necesario que se abriera un nuevo juicio sucesorio, en relación con los bienes que no habían sido considerados en el inventario de la sucesión que había terminado y que en ese nuevo juicio se le designara nuevamente albacea.
Precedentes
Amparo civil en revisión 8178/38. Kuck Laura Isabel, sucesión de. 27 de febrero de 1942. Unanimidad de cinco votos. Relator: Hermilo López Sánchez.