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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 352869
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 3519
TITULOS EJECUTIVOS, IMPUGNACION DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 3519
Debe desestimarse el agravio que se haga valer en el amparo que se interponga contra la sentencia definitiva, dictada en un juicio ejecutivo, y que se base en que la autoridad responsable consideró como títulos ejecutivos, a documentos que no tenían este carácter, si el quejoso no combatió por medio de recurso, el auto de exequendo, ni opuso el hecho que alega, como excepción en el juicio ejecutivo.
Precedentes
Amparo civil directo 5034/40. Ledesma Maximino y coagraviado. 3 de marzo de 1942. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.