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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 352875
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 3641
AMPAROS DIRECTO E INDIRECTO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 3641
No puede estimarse que una misma violación sea susceptible de reclamarse indistintamente en la forma directa o en la indirecta, pues la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia ha establecido que la procedencia del amparo directo.
Precedentes
Amparo civil en revisión 2938/41. Góngora Martínez Josefa. 4 de marzo de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Tirso Sánchez Taboada. La publicación no menciona el nombre del ponente.