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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 352914
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 4439
COPIAS SIMPLES DE ACTUACIONES JUDICIALES, FACULTAD PARA TOMARLAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 4439
Las partes tienen el derecho de solicitar que sus amanuenses tomen copias simple de las actuaciones relativas al juicio, y si la autoridad judicial niega sin fundamento legal esa solicitud, concretándose a citar la ley reglamentaria del artículo 4o. constitucional, que no tiene relación alguna con la cuestión propuesta, procede conceder la protección federal que se solicite contra el acuerdo respectivo de esa autoridad.
Precedentes
Amparo civil en revisión 4358/35. Nava Jesús. 11 de marzo de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Eduardo Vasconcelos. Relator: José María Mendoza Pardo.