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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 352937
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 4792
JURISDICCION VOLUNTARIA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 4792
Si por virtud de unas diligencias de jurisdicción voluntaria, se manda una inscripción en el Registro Público, y esto produce efectos contra tercero, es inconcuso que se le priva de sus derechos sin haber sido oído ni vencido en juicio, y se violan en su perjuicio, las garantías que le otorgan los artículos 14 y 16 constitucionales.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 7908/41. Bustamante José Alberto. 14 de marzo de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.