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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 352962
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 5490
INFORMACION AD PERPETUAM.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 5490
Si bien las informaciones rendidas en vía de jurisdicción voluntaria y contenidas en una copia certificada, constituyen un instrumento público, sólo prueban plenamente que la información se rindió y el sentido en que declararon los testigos; pero no tienen valor en cuanto a su contenido, como elementos de convicción, respecto a la demostración de situaciones jurídicas inherentes a dichas declaraciones, sino cuando dichas informaciones se ofrecen y rinden en los términos que marcan las leyes procesales, dando oportunidad a quien puedan perjudicar, para que repregunte a los testigos.
Precedentes
Amparo civil en revisión 5403/36. Arriaga J. Jesús. 24 de marzo de 1942. Unanimidad de cinco votos. Relator: Hermilo López Sánchez.