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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 352966
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 5540
MANDATO JUDICIAL, SU TERMINO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 5540
En ejercicio del poder judicial conferido, el apoderado debe atender toda tramitación, ante las autoridades ante quienes se ventilen los intereses del mandante, y a la muerte de éste, debe seguir atendiéndolos también hasta que se presente el representante legal de la sucesión del mandante, y concurriendo ya esta circunstancia, acaban todas las facultades del mandatario judicial, pues terminan los derechos del extinto y nacen los de su sucesión.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 9184/41. Ruz de Domingo Rita. 24 de marzo de 1942. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.