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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 353005
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 6072
PRUEBAS QUE NO PUDIERON INFLUIR EN EL SENTIDO DE LA RESOLUCION RECLAMADA, FALTA DE APRECIACION DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 6072
Sería contrario al principio de economía de los juicios, la concesión del amparo para el efecto de la resolución reclamada, y cuyo estudio fue omitido por el Juez de Distrito, como lo es una sentencia de amparo, pendiente de revisión de esta Suprema Corte de Justicia.
Precedentes
Amparo civil directo 6407/39. Ruelas de Michel María. 27 de marzo de 1942. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.