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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 353010
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 6107
LANZAMIENTO SIN MEDIAR JUICIO, CONTRA EL NUEVO OCUPANTE DE HECHO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 6107
Si la sentencia que se pronunció en un juicio de reivindicación promovido en contra del quejoso, fue cumplida y ejecutada, obligando a éste a desocupar el inmueble objeto del juicio, y el propio quejoso se introdujo nuevamente en forma definitiva o por cualquier otro medio, a la finca de que había sido desalojado, se trata de hechos distintos y posteriores a los controvertidos en el juicio, que terminó con sentencia y ejecución; por lo que si en tales condiciones, la autoridad responsable dicta auto de lanzamiento en contra del agraviado, sin que haya mediado juicio en el que hubiera tenido éste la oportunidad de haber sido oído y vencido, y sin que haya estado esa autoridad facultada por el Juez que pronunció la sentencia en el juicio de reivindicación, para proceder a ordenar la desocupación de la finca materia de la controversia, debe estimarse que el mencionado auto de lanzamiento es violatorio de garantías y concederse la protección que se solicite contra el mismo.
Precedentes
Amparo civil en revisión 3892/41. Guzmán Apolonio. 27 de marzo de 1942. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.