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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 353029
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 6411
SUCESIONES, DERECHO DE REPRESENTACION EN LAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 6411
Aunque el Código Civil vigente en el Distrito y Territorios Federales, suprimió el texto de los artículos 3583 y 3590 del Código Civil de 1884, que reglamentaban el derecho de representación, no por eso puede decirse que ha quedado abolido expresamente, pues aun cuando aquel ordenamiento ya no establece derechos hereditarios por derecho de representación, sí reconoce casos de verdadera representación.
Precedentes
Amparo civil en revisión 5302/41. Villagrán María del Consuelo. 30 de marzo de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Hilario Medina.