Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/353075
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 353075
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXX; Pág. 434
AMPARO CONTRA LA INCONSTITUCIONALIDAD DE UNA LEY (LEY DE INQUILINATO DEL ESTADO DE VERACRUZ).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXX; Pág. 434
Si de lo manifestado por el quejoso en su demanda de amparo, se infiere que en el contrato de arrendamiento que celebró con otra persona, tomó en cuenta los artículos 2o. y 3o. de la Ley de Inquilinato del Estado de Veracruz, sometiéndose a esos preceptos y estimando haberlos acatado, debe decirse que por haber realizado desde entonces, voluntariamente, actos de obediencia a la ley mencionada, no puede después tacharla de inconstitucional, en el juicio de garantías.
Precedentes
Amparo civil directo 8092/39. Prida José de. 8 de octubre de 1941. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Nicéforo Guerrero. La publicación no menciona el nombre del ponente.