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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
353130
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXX; Pág. 1186

CAUSAHABIENTES, SE REPUTAN OIDOS EN LOS JUICIOS SEGUIDOS CONTRA SUS CAUSANTES.

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXX; Pág. 1186

Precedentes

Amparo civil en revisión 2603/41. Tejeda Pedro P. 20 de octubre de 1941. Mayoría de tres votos en lo que respecta al primer capítulo dispositivo de esta ejecutoria y por unanimidad de cuatro votos en cuanto al segundo capítulo. El Ministro Nicéforo Guerrero no votó en este negocio en cuanto al fondo, por las razones que constan en el acta del día. Disidentes: Tirso Sánchez Taboada e Hilario Medina. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 353130