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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 353139
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXX; Pág. 1253
CEDULA HIPOTECARIA, CONSENTIMIENTO DEL ACTO CONSISTENTE EN LA FIJACION DE LA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXX; Pág. 1253
El carácter de publicidad de la fijación de la cédula hipotecaria, establece la presunción del conocimiento del acto, por la generalidad, pero especialmente por los ocupantes del inmueble respectivo, pues no es otro el espíritu de la ley, al establecer que la cédula debe ser fijada en un lugar visible, al alcance de todas las miradas; y si la diligencia de fijación de la cédula sólo se entiende con uno de los interesados, es claro que si no se promueve amparo en tiempo, tal acto debe estimarse consentido no sólo con aquél con quien se entendió dicha diligencia, sino con respecto a todos los interesados.
Precedentes
Amparo civil en revisión 8852/39. Guerra Leal Rosario y coagraviada. 21 de octubre de 1941. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Ministro Hermilo López Sánchez. Relator: Antonio Islas Bravo.