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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
353197
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXX; Pág. 2075

CADUCIDAD Y PRESCRIPCION, DIFERENCIA ENTRE ELLAS.

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXX; Pág. 2075

Precedentes

Amparo civil directo 158/38. Compañía Mexicana de Garantías, S. A. 5 de noviembre de 1941. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Hilario Medina no votó en este asunto, por habérsele admitido la excusa que presentó para conocer del mismo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 353197