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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
353220
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXX; Pág. 2327

QUIEBRA, LA DECLARACION DEL ESTADO DE, NO AFECTA LOS INTERESES JURIDICOS DE LOS TRABAJADORES ACREEDORES.

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXX; Pág. 2327

Precedentes

Amparo civil en revisión 3640/41. González Agustín y coagraviados. 7 de noviembre de 1941. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Emilio Pardo Aspe, no votó en este negocio, por la razón que se expresa en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 353220