Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/353227
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 353227
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXX; Pág. 2445
POSESION.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXX; Pág. 2445
Para que sea protegida por medio del amparo, deben probarse ante el Juez de Distrito dos supuestos: el hecho material de la posesión y el título en que descansa, esto es, la intención de poseer la cosa a título de dominio.
Precedentes
Amparo civil en revisión 3040/41. Buendía Ildefonso. 10 de noviembre de 1941. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Tirso Sánchez Taboada no intervino en la resolución de este negocio por las razones que se expresan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.