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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
353268
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXX; Pág. 2908

APELACION, COPIAS DEL ESCRITO DE EXPRESION DE AGRAVIOS EN LA, TRATANDOSE DE JUICIOS SUCESORIOS (LEGISLACION DE GUANAJUATO).

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXX; Pág. 2908

Precedentes

Amparo civil en revisión 3139/41. Medel Julián. 17 de noviembre de 1941. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Emilio Pardo Aspe, no intervino en la votación de este asunto por las razones que constan en el acta del día. Relator: Hilario Medina. Véase Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca: Tomo LXIX, página 4093, tesis de rubro "APELACION, COPIAS PARA LA (LEGISLACION DEL ESTADO DE GUANAJUATO).". Tomo LXV, página 1844, tesis de rubro "APELACION, COPIAS PARA LA PROMOCION DE LA (LEGISLACION DE GUANAJUATO).".
Registro digital (IUS): 353268