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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 353286
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXX; Pág. 3153
TERCERIAS EXCLUYENTES DE DOMINIO, PROCEDENCIA DEL AMPARO CONTRA LAS RESOLUCIONES DICTADAS EN LAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXX; Pág. 3153
El juicio de garantías es procedente contra las resoluciones dictadas en las tercerías excluyentes de dominio, pues la posibilidad de intentar un juicio contradictorio de propiedad, sobre el inmueble excluido, en favor del tercerista, no constituye recurso o medio de defensa, en el sentido de la fracción XIII del artículo 73 de la Ley de Amparo, que la parte agraviada pueda hacer valer dentro del procedimiento de la tercería, contra la resolución que le fue adversa.
Precedentes
Amparo civil directo 7008/39. García Fidel. 21 de noviembre de 1941. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Tirso Sánchez Taboada no intervino en la resolución de este asunto, por las razones que se especifican en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.